Morón
El Supremo rechaza anular el ERE de 2013 de la base de Morón
Morón. Los 66 despidos fueron declarados "no ajustados a derecho" por el TSJA y el Supremo desestima el recurso del comité que buscaba su nulidad….
Morón. Los 66 despidos fueron declarados "no ajustados a derecho" por el TSJA y el Supremo desestima el recurso del comité que buscaba su nulidad.
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado finalmente el recurso promovido por el comité de empresa de los servicios civiles de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla), contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declara "no ajustado a derecho" el expediente de regulación de empleo (ERE) consumado en 2013 por Vinnell-Brown & Root Spain (VBR), entonces sociedad gestora de estos servicios. El comité reclamaba la nulidad de los 66 despidos declarados no ajustado a derecho, extremo rechazado por el Tribunal Supremo.
Como concesionaria del contrato promovido por las Fuerzas Aéreas de Estados Unidos en Europa (Usafe por sus siglas en inglés), para la gestión de los servicios de mantenimiento, transporte y logística de la base aérea de Morón de la Frontera, cuyo uso comparten España y Estados Unidos, la empresa estadounidense VBR acometió tres expedientes de regulación de empleo entre 2010 y 2014, consumando un total de 240 despidos entre los trabajadores españoles de la base.
Por lo que se refiere al ERE de 2013, un año en el que Estados Unidos decidió ampliar su presencia militar en la base de Morón con el despliegue de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, VBR consumó el despido de 66 trabajadores con indemnizaciones de 20 días por año de servicio, el mínimo estipulado por la vigente regulación laboral.
UN ERE "NO AJUSTADO A DERECHO"
Los trabajadores afectados y el comité de empresa, presidido por UGT, impugnaron este despido colectivo, el segundo de los tres vividos en la base, y el TSJA, en una sentencia recogida por Europa Press, estimó parcialmente la demanda colectiva de los trabajadores despedidos y declaró "no ajustada a derecho la decisión extintiva"
La sentencia del TSJA da cuenta de que en mayo de 2013, la base acogió el despliegue "temporal" de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, mientras en julio de aquel año las Fuerzas Aéreas de Estados Unidos indicaron a VBR, como sociedad adjudicataria de la gestión de los servicios civiles de estas instalaciones, "su propósito de no dotar partida de gasto alguno para los 70 contratos calificados como de 'retención' a partir del 30 de septiembre de 2013, en el contexto de un dimensionamiento adecuado de la carga de trabajo a realizar", lo que finalmente se tradujo en los citados 66 despidos
La sentencia señala en paralelo un informe que refleja la ausencia de "cambios que supongan disminución apreciable de la actividad a desarrollar en la comparativa entre las condiciones de contratación de 2009 y la actualidad, apreciándose por el contrario un incremento de tareas en determinados departamentos, como los de dirección y administración, transportes o control de material". El Supremo rechaza anular el ERE de 2013 de la base de Morón. Al respecto, el tribunal señala que si bien la empresa alegaba para los despidos "la modificación de las condiciones de la prestación contractual", el citado informe "deniega básicamente la concurrencia de las causas productivas aducidas por la empresa".
La sentencia, no obstante, descarta una vulneración de derechos fundamentales porque si bien los demandantes alegaban que la empresa había "preferido" consumar los despidos sobre empleados españoles en lugar de la plantilla estadounidense, el tribunal señala la "evidente desproporción favorable a los trabajadores españoles en relación al número total de empleados" de la base, considerando que no ha sido acreditada ninguna "conducta discriminatoria
EL SUPREMO DESESTIMA EL RECURSO
Frente a esta sentencia del TSJA, que declara los despidos no ajustados a derecho pero no los anula, lo que deriva en que los afectados reciban mayores indemnizaciones por despido pero no recuperen sus puestos de empleo, el comité de empresa elevó al Tribunal Supremo (TS) un recurso de casación en el que solicita la nulidad del ERE en base a 13 motivos. Pero el Supremo ha descartado que la sentencia del TSJA haya incurrido en su sentencia inicial en un "error en la apreciación de la prueba", negando además que medie una "infracción de las normas del ordenamiento jurídico".
Principalmente, el Supremo descarta la vulneración alegada por los trabajadores en cuanto al principio de "no discriminación por razón de nacionalidad" que recoge la Constitución Española, dado que "no se ha acreditado (según el Supremo) que la empresa tenga la obligación de guardar proporcionalidad sobre el porcentaje de nacionales de uno u otro estado a despedir", toda vez que "además tampoco está acreditada la proporción que se alega"
En cuanto a la ausencia de "buena fe" negociadora durante el periodo de consultas que alegaban los trabajadores, el Supremo también descarta este extremo, señalando los "contenidos de las sucesivas decisiones" y avalando la sentencia del TSJA en la idea de que "la actuación empresarial pasó por la defensa de sus criterios, lo que no convierte inicialmente sus posturas en contrarias a la buena fe negociadora". Así, el Supremo desestima los 13 motivos alegados en el recurso de casación,