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Morón

El Ayuntamiento de Morón no indemniza a una menor con lesiones por no circular con “la diligencia media exigible a cualquier peatón”

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Morón. La menor se tropezó con la tapa de una arqueta que sobresalía  del acerado, extremo que corrobora un informe de la Policía Local….

Morón. La menor se tropezó con la tapa de una arqueta que sobresalía  del acerado, extremo que corrobora un informe de la Policía Local. 

El pasado mes de octubre una vecina de Morón reclamaba una indemnización  por las lesiones sufridas por su hija menor de edad que tropezó con la tapa de un pozo de registro de una alcantarilla que estaba levantada y mal colocada.

La madre de la menor expone en su reclamación, a la que hemos tenido acceso a través de un decreto firmado por alcaldía el pasado 14 de abril,  que el pasado 8 de agosto de 2015,  su hija menor se dirigía de camino a su domicilio por Ronda de la Trinidad (a la altura del establecimiento Pizzería Milenium) en compañía de una amiga (también menor de edad) y tropezó con una alcantarilla que se encontraba levantada unos 6 cms. aproximadamente sobre el nivel del suelo que provocó que cayera al suelo sobre su brazo izquierdo lesionándose la mano izquierda. La cantidad con la que pide ser indemnizada es 408.87 euros por las lesiones sufridas por su hija menor.

Asimismo expone que “la caída fue producto del mal estado de conservación de la arqueta, siendo un hecho perfectamente visible y subsanable con el debido mantenimiento por parte del Ayuntamiento, a quien le compete legalmente la obligación de mantener en perfecto estado de uso las vías urbanas, reparándolas en su caso, así como la limpieza de las mismas y expone que la negligencia en el cumplimiento de estas obligaciones ha permitido la existencia de una alcantarilla levantada que ha sido la causa directa del daño personal sufrido y como consecuencia de este accidente se ha producido una evidente responsabilidad patrimonial por parte del consitorio”.

A pesar de justificar su reclamación con fotografías del lugar o  informes médicos y a pesar que un informe de la Policía Local  reconoce que se trata de una tapa metálica cuadrada que sobresalía sobre el nivel del acerado y por lo tanto, está mal colocada, el consistorio, para eximirse de responsabilidad  se acoge a otro informe de un  técnico municipal que dice literalmente lo siguiente: “no puede establecerse un nexo de unión entre el accidente y la deficiencia de la vía publica puesto que circulando con la diligencia media exigible a cualquier peatón y dadas las dimensiones y características de la tapa de la arqueta fácilmente detectable, se podría haber evitado el accidente”.

 Por esos motivos, el alcalde firmaba el pasado 14 de abril un decreto por el que se desestimaba la petición de Responsabilidad Patrimonial de esta vecina.

Auguramos que si la vecina sigue recurriendo a otras instancias conseguirá que se le indemnice, ya no sólo porque pueda tener razón en su reclamación sino porque nuestro consistorio no gana ni uno de los litigios de este tipo a los que se presenta con el consiguiente doble coste: paga al final la indemnización más los gastos del juicio.

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