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Morón

Secretaría e Intervención advierten al alcalde de Morón de ilegalidad al no llevar la modificación del IBI al pleno

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Morón. El Alcalde de Morón y el Delegado de Hacienda podrían haber cometido delito de prevaricación administrativa al no llevar el tema del IBI al pleno y por continuar …

Morón. El Alcalde de Morón y el Delegado de Hacienda podrían haber cometido delito de prevaricación administrativa al no llevar el tema del IBI al pleno y por continuar con el  la tramitación delExpediente Modificación de al contribución fuera de plazo.

La redacción de lavozdemoron.es ha tenido acceso a un informe de Secretaria e Intervención, fechado el pasado 3 de marzo de 2017, en el que se califica la propuesta del Delegado de Hacienda, Antonio Rodríguez,  de aprobar por decreto la modificación de la Ordenanza Fiscal del IBI (contribución) como “no adecuada a la legislación vigente, ya que, por un lado, el órgano competente sería el Pleno del Ayuntamiento y por otro no es legal la continuación de la tramitación del expediente”.

Según este informela propuesta elevada por el Delegado, que viene a rectificar su negligencia y cumplir el mandato de la oposición de no incrementar  el IBI para 2017,  “procedería la no continuación de la tramitación del

Expediente Modificación Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de bienes Inmuebles de

2017 puesto que está fuera del plazo legalmente establecido para su aprobación definitiva y

Publicación”.

“No obstante”, continúa el referido informe,“el cumplimiento de la propuesta elevada por el Delegado requeriría los siguientes pasos:

1.- Elevar el expediente al Pleno del Ayuntamiento, por ser este el órgano competente para aprobar la continuación o no del expediente,

2.- De aprobarse por el Pleno la opción de aprobar definitivamente el expediente referido, se ordenaría la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y se remitiría Certificado del acuerdo a la Dirección General del Catastro a los efectos oportunos”.

El informe finaliza señalando lo siguiente: este es el parecer de las informantes que se somete a cualquier otro más versado en derecho; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad a que están sujetos los miembros de las corporaciones Locales en virtud de lo dispuesto en el articulo 78 del Texto Consolidado de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.. Morón de la Frontera 3 de Marzo de 2017.- Fdo. Y Rubricado,. LA SECRETARIA .- LA INTERVENTORA.- “

Cuatro días después de este informe, el alcalde firmaba un decreto aprobando la propuesta a la que se refiere el informe. Lo hizo  el pasado 7 de marzo a las 11.19 horas, pudiendo así haber cometido un delito de prevaricación administrativa al haber obviado al pleno y continuar con la tramitación del expediente.

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