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Morón

Valoriza demanda al Ayuntamiento de Morón tras la resolución del TC que anuló la adjudicación del servicio de basura y limpieza viaria

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Morón. Tras ser anulado por el Tribunal de Recursos(TR) la adjudicación del “Servicio de limpieza viaria y recogida-transporte de residuos sólidos …

Morón. Tras ser anulado por el Tribunal de Recursos(TR) la adjudicación del “Servicio de limpieza viaria y recogida-transporte de residuos sólidos urbanos y asimilables del Municipio de Morón de la Frontera”, que actualmente sigue prestando Urbaser y que había sido adjudicada a la empresa Valoriza, ésta última ha presentado un contencioso contra el Ayuntamiento de Morón, según informaba el alcalde de la localidad, Juan Manuel Rodríguez, en el último pleno ordinario, celebrado el pasado jueves 16 de febrero.

En este contexto, la idea del equipo de gobierno es que de durar mucho el contencioso, regular otro proceso de adjudicación para evitar seguir alargand la situación de interinidad de Urbaser.  

El TR anuló la adjudicación tras apreciar “irregularidades”

Ante el recurso  interpuesto por la entidad RECOLTE, SERVICIOS Y MEDIOAMBIENTE, S.A.U. contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Morón de la Frontera adoptado en fecha 7 de abril de 2016, por el que se adjudicó el contrato denominado “Servicio de limpieza viaria y recogida-transporte de residuos sólidos urbanos y asimilables del Municipio de Morón de la Frontera” (Expte. P7/2015) a Valoriza , el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES (TARC) DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA ha resuelto estimarlo  parcialmente y “en consecuencia, anular el acto impugnado”.

Hay que recordar que el 6 de febrero de 2015 se inició la licitación del  Servicio de limpieza viaria y recogida-transporte de residuos sólidos urbanos y asimilables del Municipio de Morón,  que gestiona actualmente Urbaser, con un valor estimado del contrato que asciende a 17.300.032,92 euros. En dicho procedimiento presentaron ofertas varias empresas y entre ellas la ahora recurrente, RECOLTE.

El 27 de abril de 2016, tras acordar PSOE y PP -con el voto en contra de IU y AMA- en el pleno del Ayuntamiento de Morón que Valoriza sería la nueva empresa adjudicataria del servicio, RECOLTE presentó recurso ante el TARC de la Junta, Tribunal que ha terminado dando la razón a la empresa.

En este contexto, el TARC  fundamente su resolución en cuestiones tales como que “en el expediente no consta un informe técnico en el que se valoren los criterios sujetos a un juicio de valor, ni tampoco en la resolución de adjudicación, ni en la posterior notificación constan la razones por las que fueron asignadas las diferentes puntuaciones a los licitadores”.

Asimismo y siempre según el TARC, “la resolución de adjudicación se limita a asignar una serie de puntos para cada apartado por licitador, lo cual supone un incumplimiento de las exigencias de motivación antes apuntadas, pues no es que la motivación de la misma sea insuficiente es que no ha existido. Y si bien es cierto que, como señala el órgano de contratación, la Mesa de contratación no tenía obligación de solicitar informe técnico, pues el PCAP únicamente lo configura como una potestad, ello no eximía a la misma de motivar su propuesta”.

De esta manera el TARC  da “la razón a la recurrente cuando afirma que la resolución de adjudicación es genérica y le impide la interposición de un recurso fundado”

Por ello el Tribunal acuerda en su resolución “estimar parcialmente el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la entidad RECOLTE, SERVICIOS Y MEDIOAMBIENTE, S.A.U. contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Morón de la Frontera adoptado en fecha 7 de abril de 2016, por el que se adjudica el contrato denominado “Servicio de limpieza viaria y recogida transporte de residuos sólidos urbanos y asimilables del Municipio de Morón de la Frontera” (Expte. P7/2015) y, en consecuencia, anular el acto impugnado, con retroacción de las actuaciones al momento anterior a su dictado, a fin de que se proceda en los términos expresados en la presente resolución”.

Esta resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma sólo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.

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