Connect with us

Morón

Condenado un abogado por simular un atropello gracias a la denuncia en Morón de su expareja, involucrada en la estafa

Publicado

on

En mayo de 2015, la mujer que habría conducido el vehículo en el simulado atropello, una vez rota la relación con el abogado, compareció en la Comisaría de Policía de Morón de la Frontera manifestando…

_En mayo de 2015, la mujer que habría conducido el vehículo en el simulado atropello, una vez rota la relación con el abogado, compareció en la Comisaría de Policía de Morón de la Frontera manifestando que el atropello había sido simulado.

 

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas impuestas por la Audiencia de Sevilla a una mujer y dos hombres, uno de ellos abogado, por simular un atropello para cobrar una indemnización de la compañía aseguradora del vehículo, extremo desvelado por la citada mujer, pareja del letrado durante la consumación de los hechos y expareja a la hora de denunciar la situación.

 

En una sentencia emitida el pasado 4 de marzo y recogida por Europa Press, el Supremo trata los recursos de casación de tres personas, una mujer y dos hombres, condenadas en 2019 por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla por un delito de denuncia falsa en concurso medial con un delito de estafa.

 

En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia declaró como hechos probados que los tres condenados, "con ánimo de obtener un ilícito beneficio patrimonial, acordaron" que uno de ellos, asistido por el otro hombre en su calidad de abogado, "interpusiera una denuncia ante el Juzgado de instrucción número dos de Morón de la Frontera por un supuesto accidente de tráfico ocurrido el 10 de noviembre de 2014, conforme al cual" la mujer inculpada en este caso y en aquellos momentos pareja del abogado le "habría atropellado con su vehículo Nissan Almera".

 

 

Fruto de dicho acuerdo, según la Sección Tercera de la Audiencia, el citado día 10 de noviembre de 2014, el primero de los condenados interpuso la denuncia y la compañía aseguradora del vehículo "ofreció el pago correspondiente a las lesiones y consignó 5.199 euros" a favor del denunciante, "en concepto de responsabilidad civil por las lesiones sufridas causa del accidente de tráfico simulado".

 

LA MUJER DESVELA EL PLAN

 

Pero meses después, en mayo de 2015, la mujer que habría conducido el vehículo en el simulado atropello "puso en conocimiento de esta aseguradora, mediante documento debidamente firmado, el plan urdido por los tres, con el objeto de obtener una indemnización simulando un atropello y atribuyéndole unas lesiones que al parecer, había sufrido previamente y por otra causa". "A pesar de que esta aseguradora lo puso en conocimiento del juzgado y solicitó la suspensión de la entrega del dinero, ésta se produjo sin que hasta la fecha haya sido reintegrada", especifica.

 

Después, esta mujer "compareció en la Comisaría de Policía de Morón de la Frontera manifestando que el atropello había sido simulado, no real, y que actuó en connivencia" con el denunciante y con el abogado, su "pareja sentimental" en el momento de los hechos y ya "expareja" en el momento de acudir ella a la Policía.

 

Dado el caso, la Sección Tercera de la Audiencia impuso a cada uno de los dos hombres un año y medio de cárcel más sendas multas y a la mujer siete meses de prisión y una multa de menor importe, al apreciar en su caso la atenuante de confesión.

 

 

Tras recurrir en casación los tres condenados, el Supremo ha desestimado cada uno de los recursos, declarando por ejemplo respecto al recurso del abogado que "el tribunal concede fiabilidad y credibilidad" a la mujer "en cuanto a su denuncia de que no hubo accidente" porque "es difícil entender que un acusado vaya a reconocer su responsabilidad en hechos graves que pueden suponer un desembolso económico importante si no es cierta su declaración".

 

EL "RECONOCIMIENTO" DE LOS HECHOS

 

"La acusada explicó lo ocurrido ante el tribunal y previamente adoptó una conducta de reconocimiento de los hechos que no solo determinaba las bases para su condena, sino que también suponía la anulación de los pagos realizados por la compañía de seguros afectada. Concorde a criterios lógicos, no resulta irracional o arbitrario el hecho de que el tribunal haya creído la versión de la coacusada, que no se beneficia en absoluto de su reconocimiento sino todo lo contrario, porque fue ella la que desveló unos hechos que la Justicia desconocía y que habían supuesto la determinación de una responsabilidad civil para un tercero", expone el Supremo.

 

Además, indica que "el hecho de que la supuesta víctima del accidente fuera un antiguo conocido de la acusada y que el abogado fuera pareja de la misma en el tiempo de los hechos, supuesta causante del accidente y por tanto directamente denunciada, se resalta en la sentencia como elemento corroborador de la mendacidad del siniestro".

 

 

"Especialmente cuando es la propia denunciada quien aporta la documentación al letrado para redactar la denuncia sobre el supuesto siniestro. Ante ello, que el reconocimiento de la simulación se realice tras atravesar una tormentosa escena que aparece documentada en las actuaciones con el acusado recurrente puede entenderse como desencadenante, pero no suprime la credibilidad que la manifestación de ella sobre la simulación del siniestro, dado el conjunto de datos concordantes, que racionalmente la apuntalan", zanja el Supremo, aclarando que el tribunal ya pondera la idea de que la mujer actuase por "despecho".

Continuar leyendo
Publicidad