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Condenado a seis años de cárcel un hombre por asesinar en 2018 a su padre en La Puebla de Cazalla

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El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero el juicio no se celebrará tras un acuerdo de conformidad entre las partes…

_El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero el juicio no se celebrará tras un acuerdo de conformidad entre las partes.

 

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel a un hombre, de 30 años de edad, acusado de asesinar a su padre de 79 años de edad en marzo de 2018 en la localidad de La Puebla de Cazalla tras asfixiarle con una manta.

 

 

El encausado iba a ser enjuiciado el próximo 25 de marzo por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará después de que el acusado y su defensa mostraran su total conformidad con el contenido del nuevo escrito de acusación presentado por la Fiscalía, que inicialmente había solicitado para el acusado nueve años de prisión y la medida de internamiento durante un periodo de nueve años para tratamiento médico en un establecimiento adecuado a la enfermedad mental que padece.

 

 

En la sentencia, fechada el 18 de marzo y a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado presidente José Manuel Holgado, ha dictado un fallo por conformidad de las partes en el que se condena al acusado, D.M.R., a seis años de cárcel, seis años de libertad vigilada postpenitenciaria y el pago de una indemnización de 25.870,92 euros a una hija de la víctima por un delito de asesinato con alevosía.

 

En el fallo, la Audiencia recalca que "en el momento de los hechos", el acusado "tenía alterada de forma muy importante la capacidad e conocer y anulada la de querer", por lo que concurre la circunstancia eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica. Asimismo, indica que concurre la circunstancia atenuante de confesión y, de otra parte, la circunstancia agravante de parentesco.

 

La Audiencia considera como hechos probados que en el día de autos, el 1 de marzo de 2018, el encausado se encontraba en el salón del domicilio familiar junto a su padre, quien estaba sentado en el sofá y padecía "una cardiopatía isquémica" y se encontraba bajo "un cuadro de bronquitis y disnea con dificultades respiratorias".

 

De esta manera , la sentencia apunta que "observando las circunstancias en las que se encontraba y aprovechando la escasa capacidad de reacción de su padre debido al deteriorado estado de salud del mismo y a su avanzada edad, con ánimo de arrebatarle la vida", el condenado "cogió la manta que su progenitor utilizaba para arroparse, se la colocó en el rostro y con clara intención de asegurar el resultado de muerte presionó fuertemente la manta" contra los orificios nasales de la víctima "a fin de evitar que pudiera respirar, consiguiendo finalmente causar la muerte" a su padre.

 

 

En el transcurso de los hechos, y "debido a la intensidad" con la que el encausado ejercía presión sobre el rostro de su padre "con el objetivo de comprimir y obstruir" las vías respiratorias, se produjo un forcejeo entre ambos durante el cual la víctima intentó defenderse arañando en la cara a su hijo, que sufrió distintas lesiones por ello.

 

Finalmente, la víctima murió sobre las 12,15 horas del día 1 de marzo de 2018, señala el fallo, el cual que indica que, ya a las 23,00 horas de ese mismo día, el acusado abandonó el velatorio de su padre en compañía de su hermano y le confesó a éste que "había causado intencionadamente la muerte a su padre asfixiándole con una manta".

 

 

Además, la sentencia añade que a primera hora de la mañana del día 2 de marzo, el acusado confesó los hechos a su madre, tras lo que, el 3 de marzo, el condenado se personó en compañía de su familia en el Hospital de Osuna y confesó el crimen al personal médico que lo atendió, cursándose por parte del psiquiatra el internamiento del encausado en la Unidad de Psiquiatría de dicho hospital.

 

El acusado, que se encuentra en situación de prisión provisional preventiva por esta causa desde el 13 de marzo de 2018, tiene reconocido un grado de discapacidad del 41 por ciento, padece trastornos de la conducta de larga evolución y es consumidor habitual de drogas desde los 15 años de edad.

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