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Morón

Padre del niño de Morón rechaza el homicidio imprudente y sostiene que la madre actuó de forma intencionada

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El caso del niño con discapacidad desaparecido en Morón de la Frontera hace cuatro años afronta un momento decisivo tras la audiencia previa celebrada este lunes en el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla. La controversia jurídica se centra en la calificación de los hechos: mientras la Fiscalía sostiene que se trata de un homicidio imprudente, la acusación particular, ejercida por el padre del menor, defiende que debe considerarse un homicidio por comisión por omisión.

El abogado del padre, Jesús Fernández Pacheco, ha insistido a la salida de la vista en que la madre del menor —principal acusada— tenía una “posición garante” al ser la responsable directa de su cuidado. Según su tesis, era plenamente consciente de las consecuencias que podía acarrear la retirada de la medicación del niño y habría llevado a cabo actos encaminados a suspenderla antes del día de la desaparición, el 12 de septiembre.

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Para la acusación particular, el foco no debe situarse únicamente en lo ocurrido el día en que se perdió el rastro del menor, sino en las actuaciones previas. El letrado sostiene que la investigada no tenía limitada su capacidad y que la supresión del tratamiento médico encajaría en un delito de homicidio por comisión por omisión, una figura penal más grave que la imprudencia.

Por su parte, el Ministerio Fiscal mantiene que los hechos serían constitutivos de un homicidio imprudente. Según su argumentación, la madre se encontraba en una situación de enajenación mental derivada de una enfermedad psíquica, lo que justificaría la solicitud de una medida de libertad vigilada y tratamiento en un centro psiquiátrico en lugar de una pena de prisión ordinaria. La defensa de la acusada mostró su conformidad con esta calificación durante la vista preliminar.

La acusación particular se ha opuesto frontalmente a cualquier acuerdo en esos términos. En caso de que el juicio se celebre bajo la tipificación de homicidio imprudente, el padre del menor ha anunciado que solicitará la pena máxima prevista, de cuatro años de prisión.

Además, la acusación ha planteado la nulidad del procedimiento y ha solicitado que la causa sea elevada a la Audiencia Provincial de Sevilla, al considerar que la calificación como homicidio por comisión por omisión excede la competencia del Juzgado de lo Penal. El fiscal replicó que no se recurrió en su momento el auto que transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado, señalando que ese era el momento procesal oportuno para cuestionar la competencia.

El magistrado ha concedido un plazo de diez días para resolver las cuestiones previas y decidir si se fija fecha para el juicio oral o si, como solicita la acusación particular, se retrotrae el procedimiento.

A las puertas del juzgado, el padre del menor expresó su incertidumbre sobre el proceso y aseguró no tener constancia previa de una enfermedad mental en la madre. “Fue una muerte intencionada”, afirmó, apuntando a la existencia de indicios que, a su juicio, sostienen esa hipótesis. Sin embargo, reconoció que lo más doloroso sigue siendo no saber dónde se encuentra el cuerpo de su hijo, al que describió como “un niño indefenso”.

Cuatro años después de la desaparición, el caso continúa conmocionando a la localidad sevillana y entra ahora en una fase clave en la que se dirimirá no solo la responsabilidad penal, sino también la naturaleza jurídica de unos hechos que siguen sin una respuesta definitiva.

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