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Organizaciones civiles y de derechos humanos piden protección para el hijo menor de Juana Rivas
Consideran la orden judicial de entrega del hijo menor de Juana al padre como una grave desprotección infantil al ignorar el proceso penal italiano por presunto maltrato contra Arcuri y la minimización previa de las denuncias de violencia del hijo mayor




La Plataforma de Apoyo a Juana Rivas y sus hijos, que aglutina a diferentes asociaciones y plataformas feministas de todo el país, junto a diversas organizaciones de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos, han emitido un comunicado urgente ante el auto del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Granada que ordenaba la entrega por parte de Juana Rivas a su hijo menor el próximo martes, 22 de julio, al padre para su traslado a Italia. Una orden que, según la plataforma, revoca las medidas de protección del menor y desoye su testimonio, las peticiones de su equipo jurídico y de la Plataforma de Apoyo a Juana Rivas y sus hijos.
Exigen que España aplique el Artículo 39 del Reglamento UE 2019/1111, que permite negar la ejecución de una sentencia contraria al “orden público” y al interés superior del menor. Critican que se desatienda el proceso penal italiano y se repita un patrón de desprotección infantil, ejemplificado también en el caso del hermano mayor, Gabriel, cuyas denuncias fueron minimizadas.
En sus peticiones incluyen una nueva exploración a Daniel bajo protocolos adecuados, con todas las garantías de protección infantil, y una revisión por parte de la Fiscalía General de la actuación de sus fiscales en Granada en este caso.
“Daniel ha expresado reiteradamente su miedo a volver con su padre, afirmando que será obligado a mentir y que teme por su vida”, comunicado Plataforma.
Para la plataforma, la jueza del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Granada ha rechazado escuchar al menor, ignorando protocolos internacionales de protección infantil y desoyendo una medida cautelar previa que resguardaba al niño desde enero, “Daniel ha expresado reiteradamente su miedo a volver con su padre, afirmando que será obligado a mentir y que teme por su vida. Su testimonio de años de violencia en Italia es corroborado por su hermano Gabriel, quien también huyó de su padre y lo denunció formalmente”, aseguran en el comunicado.

Alegan que aunque el auto judicial argumenta que “la audiencia del menor no es un medio de prueba sino una diligencia que no resulta inocua para éste y de la que, por ende, no se debe abusar”, esta postura omite que la única exploración previa de Daniel, realizada en Italia el 6 de diciembre de 2024, careció de las garantías más básicas. En aquella ocasión, alegan, Arcuri acompañó a Daniel hasta la puerta del juzgado, y el menor, amenazado de muerte por su padre si hablaba, no pudo expresar libremente su testimonio. La Plataforma subraya la obligación de España de corregir esta situación, “algo que el Juzgado de Primera Instancia Nº3 no ha hecho“.
Expresan su profunda preocupación por la inminente entrega del niño a su presunto agresor, a tan solo 57 días del inicio del juicio penal en Italia por presunto maltrato físico y psicológico continuado, incluyendo amenazas de muerte contra él y su hermano, previsto para el 18 de septiembre.
La plataforma subraya una paradoja alarmante: ¿por qué un niño debe regresar con su presunto agresor tan poco tiempo antes de que un tribunal determine su culpabilidad? y hace un llamamiento urgente a la conciencia social, destacando que “este caso no es sobre custodia: es sobre si un niño sobrevivirá al verano”, mientras Daniel sigue preguntando: “¿Mi padre me va a matar? ¿Por qué la jueza no me cree?”.

Un patrón que se repite, violencia vicaria
Maria Belén Villalobos, portavoz de la plataforma, y Técnica Superior en Promoción de Igualdad de Género explica en declaraciones a El Salto que, “en España contamos con una normativa robusta para proteger a los niños y madres víctimas de violencia de género, pero su aplicación es un fracaso y el caso de Juana Rivas es un claro ejemplo”.
“En España contamos con una normativa robusta para proteger a los niños y madres víctimas de violencia de género, pero su aplicación es un fracaso y el caso de Juana Rivas es un claro ejemplo”, María Belén Villalobos.
Maria Belén señala que cuando una mujer denuncia por violencia de género, está señalando un fallo sistémico, “El sistema cuestiona a la víctima y expone sus propias deficiencias. Cuando los hijos, al crecer, corroboran el relato de sus madres, demuestran que no hay manipulación ni segundas intenciones. Sin embargo, a menudo se cree que la madre manipula al niño para dañar al padre, cuando lo único que busca es proteger a sus hijos de la misma violencia que ella sufrió”.
Como víctima de violencia de género asegura que duele escuchar el testimonio de un niño en estas circunstancias, “y duele aún más porque el sistema lo permite y lo fomenta, al no escuchar a los menores ni cuando son pequeños ni cuando son mayores y confirman los abusos. Esto es la prueba más evidente del fallo del sistema. Juana protegió a sus hijos y sigue luchando, pero la justicia le da la misma respuesta”, asegura. También ha recordado los casos de Ángela González Carreño y su hija Andrea, y de Itziar Prats y sus hijas Martina y Nerea, “El sistema judicial español no las protegió y los padres, maltratadores con sentencias judiciales, mataron a las niñas, el sistema judicial después tuvo que indemnizarlos pero el daño de por vida ya estaba hecho”.
Maria Belén, que forma parte de la ‘Asociación Damos la Cara Contra la Violencia de Género’ y realiza trabajos de asesoría y acompañamiento a víctimas de violencia de género y vicaria, asegura que la violencia siempre deja secuelas devastadoras y que perder la infancia es perder una parte vital de uno mismo, “Mis propios hijos, tuvieron una infancia rota que costó una vida reconstruir. Siempre se dice que un maltratador nunca es un buen padre. Sin embargo, incluso en el caso de su padre, condenado a 14 años de prisión, se le fijó un régimen de visitas después de la salida de la cárcel, ¿Por qué no se aplican los artículos 65 y 66 de la Ley Integral de Protección del Menor que regulan estos casos?”









