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Opinión

Cerca del Castillo. «OKUPACIÓN». Por Paco Pavía

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Este debate es interesado y mentiroso. Es  cómo lo del malvado “Impuesto de Sucesiones” que solo afectaba a los ricos pero los pobres se asustaban. Pues esto…lo mismo. Falta de información y exceso de empatía hacía los poderosos.

_“Todo lo que se junta en un montón, nada más se lo lleva uno”. (Manuel Mata Bermúdez. Filósofo aruncitano).

 

Por lo que se avecina con esta crisis sanitaria y su destrozo económico, miles de familias desgraciadamente no van a poder pagar las hipotecas o alquileres de sus moradas o primeras viviendas.  Espero que el Gobierno actual, tome cartas en el asunto y ayude realmente a quién lo necesite.

 

 

Pero el debate expuesto en “prime time”  por los medios de comunicación, cuyos dueños son los bancos, los fondos buitres y los grandes propietarios, no es el problema real, es un trampantojo.

 

En España lo que hay es un problema habitacional y además es necesaria una regularización del abusivo precio de los alquileres.

 

Para poder desahuciar las primeras viviendas con más  facilidades que las que ya tienen, están usando toda su artillería mediática para meter MIEDO.

 

Los grandes poseedores de inmuebles, lo han conseguido. Todo el mundo habla de lo mismo. Las empresas de seguridad se están poniendo las botas vendiendo alarmas y servicios de guardas jurados. Los vendedores de puertas blindadas, cámaras de ¿seguridad?, cerraduras, cerrojos varios, etc… también están haciendo su Agosto.

 

El miedo en cualquier ámbito, como siempre a lo largo de la Historia, hace ganar mucho dinero a muy pocos.

 

Hablando con amigos humildes y trabajadores que solo tienen la casa donde habitan o a lo mejor también son propietarios de un apartamentito de 20 m. en la costa, hablan con inquietud del tema.

 

Según el Ministerio del Interior, en el año 2019 hubo 14.621 allanamientos. Si hay más 26.000.000 (millones) de viviendas en España, estos delitos supusieron un exiguo  0,061 % del total. Es un problema numéricamente nimio, que casi no existe. Hay más posibilidades estadísticas de morir de picaduras de abejas, de que te allanen tu casa.

 

En honor a la verdad, al que tiene una parcelilla en el campo o un local comercial o un pequeño apartamento en la playa y se lo usurpen, comprendo que sea una “putada”. Pero son “habas contadas”.

 

Las asociaciones de Jueces, incluso las conservadoras, están de acuerdo en que la Ley actual, es ya clara y suficientemente eficaz para defender la  propiedad privada. De lo que se queja la judicatura, es de la falta de medios en los juzgados para hacerlo más rápido. Pero esto también ocurre con otros tipos de delitos. 

 

Antes de continuar, aclarar varios conceptos.

 

 

 ARTÍCULO 47 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:

 

“Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.”

 

ALLANAMIENTO DE MORADA:

 

El artículo 202.1 del Código Penal dice: “El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será condenado con la pena de prisión de 6 meses a 2 años”.

 

El  artículo 202.2 añade que “si el hecho se ejecutase con violencia o intimidación, la pena será de prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses”.

 

La RAE define MORADA,  como  “lugar en el que se habita”.

 

En caso de allanamiento, el bien jurídico a proteger es el derecho a la vivienda y a la intimidad del hogar. Por estos ilícitos, se actúa en el momento expulsando de la morada a quién la allane, tramitando el preceptivo procedimiento penal.

 

USURPACIÓN (Popularmente llamado Okupación).

 

El artículo 245.2 del C.P. dice: “El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantiene en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con pena de multa de 3 a 6 meses”.

 

En la propia definición está la diferencia, si entran en tu casa (primera vivienda), la policía ha de actuar inmediatamente, porque es ALLANAMIENTO y las penas serían de prisión. Pero si se ocupa un inmueble que NO constituye “morada”, el desalojo solo se puede realizar con orden judicial, se le pondrá multa y además después se podrán exigir daños y perjuicios. Pero aquí el bien jurídico a proteger es el de la propiedad privada, NO EL DE MORADA.

 

Pero el verdadero problema es este:

 

En 2018 en España, según el censo del INE (Instituto Nacional de Estadística), había 3.443.365 de viviendas VACÍAS (el 13,7 %) del parque total nacional. Casi todas pertenecen a los bancos, a sus “filiales o bancos malos” (SAREB),  a  fondos buitres (el hijo de Jose María Aznar en esto es un crack) o a grandes propietarios.

 

Si el gobierno tuviera verdadera voluntad política, se cobraría en viviendas los más de 50.000 millones de euros que nos deben los bancos por su rescate desde 2009  y así se solucionaría el problema.

 

Pero claro, esto no convendría a los poderosos ni a sus televisiones que tienen asustadas a las criaturas desde bien tempranito, ni a  las mafias “desokupadoras”.

 

 

Por cierto… ¿Quiénes serán los dueños de esas empresas de mercenarios hipermusculados?.

 

Este debate es interesado y mentiroso. Es  cómo lo del malvado “Impuesto de Sucesiones” que solo afectaba a los ricos pero los pobres se asustaban. Pues esto…lo mismo. Falta de información y exceso de empatía hacía los poderosos.

 

Hoy cumple mi padre 80 años y hace poco le dijo alguien en un bar que en tiempos de Franco nadie entraba en la casa de nadie y mi viejo le respondió:

 

”Y aunque entraran, ¿que se iban a llevar?, si na más teníamos una silla rota, piojos y mucha jambre”.

 

SALUD, PAZ Y CULTURA PARA TOD@S.

Paco Pavía                                    Morón 24 de Septiembre de 2020

 

 

 

 

 

 

 

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