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Morón

Abierto plazo para solicitar beca de Turismo en Morón a 350 € mensuales por 5 horas/día.

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El periodo de duración de la beca comienza el 1 de septiembre de 2013 y finalizará como máximo el 31 de agosto…

El periodo de duración de la beca comienza el 1 de septiembre de 2013 y finalizará como máximo el 31 de agosto de 2014. El horario de la beca será a determinar siendo 5 horas diarias (5 días a la semana).

Por Decreto de la Alcaldía de fecha 28 de Junio de 2013 se ha resuelto convocar una beca en el área de turismo ( un/a dinamizador/a turístico/a).

Se abre un plazo de diez días hábiles, a contar al siguiente de la inserción de este anuncio en el Tablón de Edictos, para que los interesados puedan presentar solicitud en el SAC, mediante modelo de instancia general.

A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la base sexta.

Las bases para la concesión de la beca son las siguientes:

BASE PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de una beca en el área de turismo (un/a dinamizador/a turístico/a).

BASE SEGUNDA. Dotación de la beca.

La beca está dotada con un importe de 350 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos.

BASE TERCERA. Efecto y duración de la beca.

El periodo de duración de la beca comienza el 1 de septiembre de 2013 y finalizará como máximo el 31 de agosto de 2014. El horario de la beca será a determinar siendo 5 horas diarias (5 días a la semana).

Quedará sin efecto la beca, después de la audiencia a la persona interesada, cuando no realizara la actividad encomendada o cuando se incumplieran, sin causa que lo justifique, las condiciones establecidas en la presente convocatoria.

BASE CUARTA. Requisitos y méritos de los aspirantes.

Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente:

1. Ser mayor de 18 años.

2. Tener la nacionalidad española o ciudadano de la Unión Europea

3. Haber finalizado con fecha posterior a enero de 2.009 o encontrarse cursando último curso de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura que tengan relación con la beca a la que se opta.

4. No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones., lo que acreditará mediante declaración responsable en el caso de resultar beneficiario de la beca.

BASE QUINTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes,y documentación a aportar junto a las mismas.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir de la publicación de las presentes bases en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento www. ayto-morondelafrontera.org. Se abrirá un plazo de diez días hábiles.

Los aspirantes solicitarán su inclusión en la presente convocatoria mediante instancia general dirigida al Sr. Alcalde-Presidente Ayuntamiento de Morón de la Frontera, en la que harán constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos señalados en la base cuarta y aceptación de todas las condiciones establecidas en las presentes bases.

Asimismo, también se podrán presentar por cualquier medio incluidos en el Art.38 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Las solicitudes se acompañarán de:

· Fotocopia del D.N.I.

· Certificado de empadronamiento, en el caso de los interesados empadronados en la localidad de Morón de la Frontera, no hará falta su presentación, de acuerdo con la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

· En su caso, documentación acreditativa de haber finalizado los estudios oficiales que alega, con posterioridad a enero de 2.009.

· En su caso, documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega en la que conste el tipo de enseñanza, curso, centro educativo (matrícula, certificado emitido por el centro donde cursa estudios).

· Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los

méritos.

· En caso de padecer discapacidad, certificado que acredite

dicha discapacidad.

BASE SEXTA. Requisitos y méritos.

Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los

siguientes:

1. Experiencia relacionada con la beca objeto de la convocatoria:

· Experiencia laboral en oficinas de turismo (más de 3 meses)

…….1 punto.

· prácticas en oficinas de turismo (más de 3 meses)….1 punto.

· prácticas como dinamizador/guía turístico….……….1 punto.

· Experiencia profesional relacionada con turismo ( más de 3

meses)…….1 punto.

2. Estar empadronado en la localidad de Morón de la Frontera:

2 puntos.

3. Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de la beca

2 puntos.

4. Otros méritos como realización de jornadas, conocimiento de

informática, conocimientos del lenguaje de signos…relacionados con el

puesto de trabajo…… …….. máximo 1 punto. (0.20 puntos por curso de

más de 20 horas y 0.10 puntos por curso de hasta 20 horas y jornada).

5. Conocimiento de idiomas. Sólo se valorarán cursos de más de 100

horas………………………………………………………………..…….máximo 1 punto.

6. Discapacidad:1 punto.

En caso de empate de puntuaciones, se realizará una entrevista personal a

los candidatos.

BASE SÉPTIMA. Comisión evaluadora, concesión y seguimiento de

las becas.

Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión

evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Alcalde , D. Juan Manuel Rodríguez Domínguez.

Vocales:

1°.- Delegado de Servicios Generales, Cementerio, Movilidad, Policía Local y Fiestas Mayores, D. Manuel Escalante Romero.

2°.- Delegado de Hacienda y Patrimonio, Desarrollo Económico y Empleo, y

Deporte, D. Antonio Rodríguez Gallardo.

Secretaria de la Entidad.

La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus

miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación

de los méritos aducidos.

Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada

uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de la beca, para que la dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de Alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma.

 

De acuerdo en el artículo 59.5, apartado B) de la Ley 30/ 1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, una vez adoptado el acuerdo por el órgano competente en cuanto a la concesión de la beca, la notificación del acuerdo se

llevará a cabo mediante publicación, junto con una bolsa de reserva para posibles sustituciones de bajas o renuncias.

Dicha publicación se efectuará en la página web municipal y en el Tablón

de Anuncios del Ayuntamiento de Morón de la Frontera en Plaza del Ayuntamiento n° 1.

La entidad local nombrará un tutor/tutora que realizará el seguimiento, coordinación y ordenará la actividad de formación del becario y el tiempo de dedicación de dichas actividades.

BASE OCTAVA. Derechos y obligaciones del becario, e incidencias.

1. Esta beca es incompatible con el disfrute de otra beca de similar finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza

a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca.

2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo.

3. El Ayuntamiento concertará con una entidad aseguradora una póliza de

accidentes para cubrir las contingencias de invalidez permanente o fallecimiento durante el período de prácticas.

4. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la

Ley General de Subvenciones.

5. Son obligaciones de los becarios:

a. Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor/a.

b. Tener la dedicación que se establece en las bases de esta beca, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora.

c. Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor/a.

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