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Morón

El Ayuntamiento de Morón inicia procedimiento urbanístico que podría acabar con la demolición de 30 “infraviviendas” de alquiler en La Atalaya

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Lo hace despúes de una denuncia del SEPRONA en 2019. Las 30 "infraviviendas" se habrían construido hace un año y se habrían alquilado como trasteros,  según nos comenta el propietario, pero el Ayuntamiento aduce ahora que se hicieron sin licencia y en suelo de especial protección urbanística, según los informes del Consistorio…

–>Lo hace despúes de una denuncia del SEPRONA en 2019. Las 30 "infraviviendas" se habrían construido hace un año y se habrían alquilado como trasteros,  según nos comenta el propietario, pero el Ayuntamiento aduce ahora que se hicieron sin licencia y en suelo de especial protección urbanística, según los informes del Consistorio.

 

 

En marzo de 2019 la Patrulla SEPRONA de Morón de la Frontera remitió al Ayuntamiento de Morón la Denuncia y Acta de Inspección Urbanística contra la construcción y puesta en servicio de unas instalaciones transformadas  "infraviviendas" en régimen de alquiler en el paraje “La Atalaya”, careciendo estas de la correspondiente Licencia Municipal de Actividad. Al parecer, según nos comenta el dueño de la parcela,  se correspondería a unas estructuras metálicas que se hicieron hace algo más de un año y que se han alquilado como trasteros. 

 

 

Estas infraviviendas (término utilizado por el SEPRONA) se construyeron en el paraje La Atalaya hace más de 1 año y cuentan con viales que dan acceso a las naves, instalación comunitaria de abastecimiento de agua y energía eléctrica, y una red de abastecimiento que se conecta con la infraestructura de la cercana Urbanización El Hundidero. Todo ello, según se desprende de un decreto fechado a mediados de junio al que ha tenido acceso esta redacción, se construyó sin las preceptivas Licencias y en suelo No Urbanizable de Protección Especial, atendiendo al planeamiento urbanístico vigente (PGOU).

 

Desde la denuncia del SEPRONA hasta hoy, el Ayuntamiento ha girado varias inspecciones a la zona y levantado la correspondiente Acta de Inspección Urbanística  que, por el momento,  se ha resuelto con un decreto donde se ordena al propietario de aquella parcela, cuyas iniciales corresponden a G.P.G,  a  la inmediata suspensión de los usos a los que se destinan las edificaciones construidas, se le abre un procedimiento de protección de la legalidad urbanística y se le apercibe de la necesidad de reponer la realidad física alterada.  Esto es: demoler las obras ilegales y desmantelar los servicios y otras instalaciones ilegales, así como reponer de la configuración de los terrenos a su estado anterior.

 

El propietario de estas construcciones tiene ahora el derecho  a formular alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes, antes del trámite de audiencia, así como a conocer en todo momento el estado de tramitación del procedimiento.

 

 

 

 

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