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Morón

El Alcalde de Morón resuelve el procedimiento contra Tomás Guerrero con multa de 12.000 € y prohibición de actividad nocturna

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El Ayuntamiento de Morón de la Frontera lleva tramitando desde hace unos meses un procedimiento sancionador contra Tomas Guerrero S.L.U. por superar los límites de ruido permitidos en horario nocturno…

_El Ayuntamiento de Morón de la Frontera lleva tramitando desde hace unos meses un procedimiento sancionador contra Tomas Guerrero S.L.U. por superar los límites de ruido permitidos en horario nocturno, sin  adoptar medidas correctoras e incumplido las medidas provisionales fijadas por el Consistorio.

 

 

Pues bien, este procedimiento ya se ha resuelto, y después de haberse estudiado y rechazado las alegaciones presentadas por la empresa que gestiona el matadero del Pantano, el Alcalde de Morón, Juan Manuel Rodríguez, ha impuesto por decreto  a la empresa una sanción de 12.000 €; le ha prohibido la entrada o salida de camiones y/o cualquier actividad de mantenimiento, limpieza o manipulación de cargas que generen ruido entre las 23:00 y las 7:00 horas; ha requerido a Tomás Guerrero que en el plazo de un mes presente Certificado de que los niveles de ruido del establecimiento no superan los valores límites; y ha elevado a permanentes las medidas acordadas por Decreto respecto a la limitación horaria de la actividad.

 

ALEGACIONES RECHAZADAS

 

 

Todo ello, como decimos, después de haber rechazado todas las alegaciones presentadas por la empresa “debido a que los hechos que motivan este expediente sancionador son independientes de los que han causado otros expedientes,  a que el Ayuntamiento es competente para ejercer la potestad sancionadora, ha tramitado de manera adecuada y en plazo este expediente sancionador, los hechos que originan el expediente sancionador están claramente demostrados y tipificados en las normas de aplicación y las sanciones y medidas provisionales que se incluyen en el expediente son proporcionas, justas y conformes a la legislación”, podemos leer en el decreto de resolución.  

 

HECHOS PROBADOS

 

 

Para el Consistorio queda probado que la empresa ha superado “los límites de ruido y de calidad acústica permitidos que resulta inequívoco en horario nocturno, superando en +6Dba”, no se han adoptado las medidas correctoras frente al ruido establecidas en el condicionado de la licencia y se han incumplido las medidas provisionales acordadas en Decreto de incoación del presente procedimiento”.

 

Informes policiales y técnicos realizados desde septiembre hasta finales de diciembre de 2019 avalan tales afirmaciones y han ayudado a que la tipificación de los hechos sean tipificados como una infracción grave. Ahora queda esperar a ver si la empresa cumple o no con esta resolución.

 

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