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Morón

Multa de 18.000 euros a Tomás Guerrero SL por vulnerar límites de ruido, olores y vertidos

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Las alegaciones de la empresa de Marchena NEDERWORK SL, dueña del matadero y que tiene como administrador único a Juan José López Santibáñez, tras demostrarse que “las infracciones que se le imputan 

Las alegaciones de la empresa de Marchena NEDERWORK SL, dueña del matadero y que tiene como administrador único a Juan José López Santibáñez, han sido desestimadas tras demostrarse que “las infracciones que se le imputan a esta Sociedad están acreditadas”, certifica el Técnico de Medio Ambiente municipal.

 

 

El pasado 25 de septiembre el Alcalde de Morón, Juan Manuel Rodríguez, firmaba una decreto –al que ha tenido acceso esta redacción- por el que el Ayuntamiento resolvía sancionar a la empresa Tomás Guerrero con 18.000 euros por operar en sus instalaciones de la barriada del Pantano emitiendo ruidos que afectan a los vecinos y vulnerando los límites de calidad acústica aplicables a la zona donde se ubican las instalaciones, emitir olores que afectan a los vecinos y sin contar con medidas correctoras, y por verter aguas residuales superando los límites establecidos en la Ordenanza Municipal que los regula.

 

La empresa, que fue comprada en 2017 por NEDERWORK SL (empresa con domicilio en Marchena)  y tiene como administrador único a Juan José López Santibáñez , presentó alegaciones al procedimiento sancionador. Todas ellas fueron desestimadas tanto en cuantose ha demostrado que las infracciones que se le imputan a esta Sociedad están acreditadas y recogidas como tales en la normativa, que los ruidos infringen la norma Decreto 6/2012 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento contra la Contaminación Acústica en Andalucía; que la producción de olores incumple el condicionado de la Licencia de Actividad y que esto supone una infracción tipificada por la Ley 7/2007; que el Ayuntamiento de Morón de la Frontera sí es competente para ejercer la potestad sancionadora en este caso y que las tomas de muestras de aguas residuales superan los valores permitidos por la Ordenanza Municipal de Vertidos de Aguas Residuales No Domésticas”, certifica el Jefe del Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Morón.

 

 

Asimismo se ha  considerado que la repercusión del daño producido, lo que resulta del número de personas afectadas” y la “falta de adopción de medidas correctoras por la empresa infractora con anterioridad a la incoación de expediente sancionador, habiendo desatendido los requerimientos efectuados por el Ayuntamiento” son circunstancias agravantes que conllevan la imposición de una multa total de 18.000 euros.  

 

A la empresa del matadero se le ha concedido un plazo de un mes para que adopte las medidas correctoras siguientes: “en cuanto a los ruidos debe presentar Certificado firmado por Técnico Competente o por Empresa Acreditada de que los niveles de ruido del establecimiento, tras ensayo efectuado con las instalaciones en funcionamiento no superan los valores límites aplicables; en cuanto a los olores: debe presentar certificado, memoria técnica o ensayo en el que se acredite que se está realizando la correcta gestión de las materias primas, residuos orgánicos y efluentes contaminados que den origen a malos olores; y en cuanto a los vertidos: debe presentar Certificado, Informe o Ensayo en que se acredite que las aguas residuales vertidas por la empresa cumplen los parámetros de contaminación permitidos según la Ordenanza municipal para el vertido de aguas residuales no domésticas a la instalación pública de saneamiento de Morón de la Frontera”.

 

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