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Morón

El Supremo da la razón a la Junta y podría acabar eliminando una unidad de la concertada en Los Salesianos de Morón

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La resolución, que sienta jurisprudencia en este tema, podría acabar eliminando una unidad en el Colegio de Los Salesianos en Morón, que mantuvo una unidad de 3 años en 2013 tras  sentencia del TSJA, anulada en parte ahora por el Tribunal Supremo….

_La resolución, que sienta jurisprudencia en este tema, podría acabar eliminando una unidad en el Colegio de Los Salesianos en Morón, que mantuvo una unidad de 3 años en 2013 tras  sentencia del TSJA, anulada en parte ahora por el Tribunal Supremo.

 

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la orden de la Consejería de Educación de marzo de 2013 que redujo el concierto educativo con el colegio privado 'Nuestra Señora del Carmen' de La Palma del Condado (Huelva), de seis a cinco unidades, y anula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

 

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo estima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia de 28 de abril de 2016, dictada por la Sección Tercera de la Sala e lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, sentencia que anula el alto tribunal.

 

A su vez, desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un grupo de padres contra la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por la que se resuelve la convocatoria para el acceso o renovación de los conciertos educativos de centros docentes privados de la comunidad autónoma de Andalucía a partir del curso académico 2013/2014, publicada en el BOJA, en la que se acuerda la denegación de concierto educativo para esta unidad de Educación Infantil.

 

En la sentencia el tribunal precisa que cuando la administración recurrente considera que razones de programación y eficiencia en la gestión de los recursos públicos avalan esa reducción, al haber plazas sobrantes en los centros públicos para escolarizar a los alumnos que se quedarían sin plaza por la no renovación del concierto, tales razones no pueden ser desdeñadas.

 

Se trata de la segunda sentencia al respecto, ya que en términos idénticos se pronunció contra la sentencia del TSJA de mayo de 2014 que reconocía el derecho a esa sexta línea tras el recurso, interpuesto en aquella ocasión, no por los padres, sino por el propio centro educativo.

 

EL SUPREMO QUITA LA RAZÓN A LA SENTENCIA DEL TSJA

 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) decidió en 2013 revocar cautelarmente la reducción de unidades que había decretado la Consejería de Educación en siete colegios concertados para el próximo curso

 

El pronunciamiento en bloque del tribunal se refiría a siete colegios: Calasancio Hispalense de Dos Hermanas (Sevilla), San Juan Bosco de Morón de la Frontera (Sevilla), San Francisco Solano de Montilla (Córdoba), Nuestra Señora del Cármen de la Palma del Condado (Huelva), Santo Domingo Savio de Ubeda (Jaén), Sagrado Corazón de Bailén (Jaén) y La Presentación de Nuestra Señora, de Linares (Jaén). En todos estos colegios —salvo en el de Montilla— la patronal Escuelas Católicas mantiene que tenía acreditada suficiente demanda para que no se les hubiera retirado las unidades de infantil y primaria concertadas.

 

Esta sentencia es muy importante porque fija jurisprudencia, por lo que cualquier asunto de la misma naturaleza que se lleve o esté en el Supremo, como es el caso de la unidad de Los Salesianos en Morón, el alto tribunal debe pronunciarse en el mismo sentido.

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