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Morón

Morón, entre los términos municipales con emergencia cinegética por sobrepoblación de conejos

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Ayer fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía las medidas cinegéticas excepcionales encaminadas a controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre…

Ayer fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía las medidas cinegéticas excepcionales encaminadas a controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre.

 

El objetivo es evitar daños en cultivos e instalaciones agrícolas en zonas con presencia o alta densidad de ejemplares de 116 términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla.

 

Ante el crecimiento de las poblaciones de conejo en los municipios citados, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha publicado hoy una resolución que fue aprobada el pasado 16 de julio por la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por daños de conejos silvestres.

 

Densidades disparadas

 

La resolución incluye que «Las densidades de conejo silvestre que en otros momentos podían ser aceptables, por ejemplo 100 ejemplares/km², hoy día, con los nuevos cultivos no son asumibles. Por lo que es necesario fomentar la compatibilidad de las poblaciones básicas de conejo y el desarrollo de la actividad agrícola debido a la importancia socioeconómica y ambiental que juega esta especie en Andalucía».

 

La medida se tomó el pasado 25 de abril, cuando el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad acordó renovar la emergencia cinegética por daños de conejos silvestres para la temporada de caza 2018/2019

 

Métodos de captura

 

Gracias a esto, podrán acogerse a las medidas excepcionales para el control de daños por conejos silvestres recogidas en esta Resolución los titulares de cotos de caza que tengan incluidos en sus planes técnicos de caza el control de daños por conejos y cuyos terrenos se encuentren incluidos en el listado al final de esta información.

 

La captura de conejos se podrá llevar a cabo en vivo con hurón y redes, y mediante capturadero durante toda la temporada cinegética. Cuando se realice con armas de fuego o con aves de cetrería, el periodo hábil se amplía desde el 25 de noviembre hasta el 28 de abril, los jueves, sábados y domingos.

 

Para el empleo de perros, dicho periodo abarca desde el 25 de noviembre hasta el 10 de febrero, no pudiendo utilizarse más de tres perros por persona cazadora.

 

Para el uso de aves de cetrería, el período hábil se amplía desde el 25 de noviembre hasta el 28 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos.

 

Para facilitar la efectividad de estas medidas, se suspenden tanto las autorizaciones de control de daños por depredadores, con excepción de los perros y gatos asilvestrados, como la suelta y repoblación de conejos silvestres, incluidos y autorizados en los planes técnicos de caza en vigor que se acojan a esta resolución.

 

Cuando el destino de los conejos capturados sea para la repoblación de otros cotos, deberán adoptarse medidas preventivas, así como cumplir la normativa vigente en materia de sanidad animal, transporte y comercialización en vivo de especies cinegéticas.

 

Municipios que entran en la emergencia cinegética

 

Aquí tienes los municipios que se incluyen en la resolución para adoptar las medidas cinegéticas excepcionales:

 

Cádiz: Arcos de la Frontera, Jerez de la Frontera y Medina Sidonia.

 

Córdoba: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carlota (La), Carpio (El), Castro del Río, Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Guadalcázar, Lucena, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, Montoro (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Pedro Abad, Puente Genil, Rambla (La), Santaella, Valenzuela, Victoria (La), Villa del Río y Villafranca de Córdoba (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir).

 

Jaén: Andújar (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Canena, Cazalilla, Espelúy, Fuerte del Rey, Higuera de Calatrava, Ibros, Jabalquinto, Jaén, Jimena, Lahiguera, Lopera, Lupión, Mancha Real, Marmolejo (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Martos, Mengíbar, Porcuna, Rus, Sabiote, Santiago de Calatrava, Torreblascopedro, Torredonjimeno, Torreperojil, Úbeda, Villanueva de la Reina (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir) y Villatorres.

 

Málaga: Alameda, Almogía, Antequera, Archidona, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción y Villanueva de Tapia.

 

Sevilla: Aguadulce, Alcalá de Guadaira, Arahal, Badolatosa, Cabezas (Las), Cañada del Rosal, Carmona, Casariche, Corrales (Los), Cuervo (El), Dos Hermanas, Écija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gilena, Herrera, Lantejuela, Lebrija, Lora de Estepa, Luisiana (La), Mairena del Alcor, Marchena, Marinaleda, Martín de la Jara, Molares (Los), Morón de la Frontera, Osuna, Palacios y Villafranca (Los), Paradas, Pedrera, Puebla de Cazalla (La), Roda de Andalucía (La), Rubio (El), Saucejo (El), Utrera, Villanueva de San Juan y Viso del Alcor (El).

 

Puedes consultar la resolución íntegra en este enlace.

 

Fuente: http://www.club-caza.com/actualidad/actualver.asp?nn=7694

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