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Absueltos los Jefes de Policía de Osuna y La Puebla acusados de amañar la oposición a Policía Local de Puerto Serrano

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La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto al ex alcade de Puerto Serrano, Pedro Ruiz, por el caso del supuesto amaño en las oposiciones 

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto al ex alcade de Puerto Serrano, Pedro Ruiz, por el caso del supuesto amaño en las oposiciones a Policía Local del municipio serrano. Asimismo, la Sección Octava de la Audiencia, con sede en Jerez, ha absuelto al resto de procesados, entre los que se encuentran el jefe de la Policía Local de Antequera y su yerno; el entonces jefe de la Policía Local de Puerto Serrano, el subinspector de la Policía Local de La Puebla de Cazalla, el jefe de la Policía Local de Osuna, así como varios agentes locales.

 

 

La Fiscalía Anticorrupción, que pedía 12 años de inhabilitación para el ex regidor polichero por el delito de prevaricación, sostenía en su escrito de acusación que Pedro Ruiz, prevaliéndose de su posición de alcalde, diseñó “un procedimiento teledirigido de oposición con el ánimo de beneficiar a su futuro yerno”. Anticorrupción defendía también que, para ello, contó con la colaboración del resto de encausados.

 

 

 

ABSUELTOS TODOS LOS IMPUTADOS POR EL PRESUNTO AMAÑO DE LAS OPOSICIONES EN PUERTO SERRANO

 

 Los hechos investigados acaecieron en Puerto Serrano, provincia de Cádiz. Consistían en el presunto amaño de las oposiciones convocadas en 2012. El objetivo de este presunto amaño era “colocar” a dos personas cercanas a los convocantes de las oposiciones. Se da la circunstancia de que el máximo responsable de la policía local en La Puebla de Cazalla presidía el tribunal valorador en la selección.

 

RECONOCEN IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

 

A pesar de la absolución de las 12 personas imputadas, la Audiencia Provincial reconoce, en la sentencia, la existencia de irregularidades en el proceso. Sin embargo, no considera probado que se cometiese prevaricación. «La sala entiende que estamos ante un proceso de oposiciones con algunas irregularidades, que incluso hubieran podido llevar a una decisión al respecto del órgano contenciosos-administrativo correspondiente, para cuya tutela había causa suficiente, pero tenemos serias dudas de que la conducta de los acusados estuviera movida para beneficiar a dos personas en concreto y que para ello dictaran a sabiendas resoluciones manifiestamente injustas. Por ello el sentido de nuestro fallo debe ser absolutorio», recoge la sentencia.

 

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