Connect with us

Morón

Condenan a la Caja Rural a devolver la cláusula suelo a una familia de Morón

Publicado

on

Tras encontrar asesoramiento en las oficinas de la PAH de Morón, esta familia de Morón ve ahora como un Juzgado obliga a  entidad Caja Rural a devolver todo los pagado por este vecino 

Tras encontrar asesoramiento en las oficinas de la PAH de Morón, esta familia de Morón ve ahora como un Juzgado obliga a  entidad Caja Rural a devolver todo los pagado por este vecino por esta cláusula abusiva, que tendrá que ser también eliminada del contrato hipotecario. La entidad bancaria también es obligada a  pagar todos las costas del proceso judicial.

 

Según ha podido saber la redacción de lavozdemoron.es, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Morón de la Frontera  ha dictado Sentencia de 13/10/17 , en la que  “declara la nulidad por abusiva y falta de transparencia” la cláusula suelo  que una familia de Morón  tenía incluida desde que formalizó su hipoteca con la entidad Caja Rural del Sur, en abril de 2006, por un importe de 104.000 euros.  

 

Esta familia se acercó hace unos meses a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca  de Morón (calle Jabonería, número 10)  buscando información de los pasos que debían seguir. Finalmente y con el asesoramiento legal de la abogada de la PAH, estos vecinos han logrado imponerse a Caja Rural, una de las entidades que más inconvenientes y obstáculos está poniendo a sus clientes a la hora de devolver lo cobrado indebidamente por cláusulas abusivas.  

 

La sentencia

 

De esta manera el fallo de las sentencia declara “la nulidad por abusiva y falta de transparencia de la cláusula financiera TERCERA BIS b) in fine, de la escritura de préstamo hipotecario otorgada en fecha de 18 de abril de 2006, por la entidad CAJA RURAL DEL SUR, S.C.C. a favor de los actores, autorizada por el Notario D. José Andújar Hurtado, con número de protocolo 284 y cuyo tenor literal es el siguiente: “Tanto en el supuesto de que se aplique el tipo de referencia EURIBOR a un año, definido en el apartado a) o los índices sustitutivos previstos en este epígrafe, se pacta expresamente que el tipo de interés resultante no podrá ser inferior al 3,90% nominal anual”.

 

Esta sentencia obliga a la entidad bancaria a recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde su inicio hasta el fin del préstamo y reintegrar “a la parte actora las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula desde su inicio, más los intereses legales desde el día 31 de julio de 2015”.

 

Asimismo la sentencia impone a Caja Rural a pagar las costas causadas en el procedimiento y mantener las condiciones del actual contrato, eso sí, sin la cláusula abusiva objeto de este procedimiento.

 

Cabe destacar que la entidad demandada se oponía aceptar las reclamaciones de la familia de Morón “alegando en lo básico, que la cláusula en cuestión no es abusiva, ni ha sido impuesta, que por el contrario se negoció personalmente con el actor y se contrató con total transparencia, sin perjuicio de la claridad del contenido de la misma, fácilmente comprensible por el ciudadano medio”.

 

En este sentido el Juzgado número 1 de Morón no ha atendido a las alegaciones de Caja Rural  y entiende que “aun cuando la referida cláusula tenga una redacción relativamente clara y sencilla, lo cierto es que se encuentra inserta en un documento extenso, de lectura difícil y no exenta de complejidad, que fácilmente puede pasar desapercibida en documentos de estas características, precisamente para evitar que pasen desapercibidas siendo un elemento esencial del contrato”.

Continuar leyendo
Publicidad