Connect with us

Morón

Ayuntamiento de Morón suspende la ejecución de una sanción de 300 mil € a Ángel Camacho Alimentación

Publicado

on

El alcalde de Morón de la Frontera, Juan Manuel Rodríguez (PSOE), resolvía en mayo sancionar a la empresa Ángel Camacho Alimentación S.L. con 308.768,70 euros por la construcción de diferentes balsas 

El alcalde de Morón de la Frontera, Juan Manuel Rodríguez (PSOE), resolvía en mayo sancionar a la empresa Ángel Camacho Alimentación S.L. con 308.768,70 euros por la construcción de diferentes balsas (serían siete) afectando a "suelo clasificado como no urbanizable", tratándose de instalaciones acometidas "sin la obtención de licencia de obras" y sin contar con "proyecto de actuación" aprobado antes de ejecutar los trabajos.

 

En ese sentido, el Ayuntamiento admitió buena parte de las alegaciones de la empresa sancionada y  desestimó todas las alegaciones de Ecologistas en Acción, fijando un importe de 1.235.074 euros para el importe de la multa, con relación al valor de las obras ejecutadas.

 

No obstante, la sanción se redujo finalmente a 308.769 euros, es decir se rebaja un 75 por ciento, merced al contenido de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), porque de la documentación que obra en el expediente "se deduce que los hechos pueden ser legalizados al no resultar disconformes con la ordenación urbanística". La sanción, eso sí, "en ningún caso supone la legalización de las actuaciones".

 

Ahora, el alcalde de Morón, a través de un decreto fechado el pasado  20 de julio de 2017 y al que ha tenido acceso la redacción de La Voz de Morón, resuelve aceptar la solicitud de la empresa y “suspender la ejecución de la sanción impuesta a Ángel Camacho Alimentación S.L” hasta que “haya transcurrido el plazo legalmente previsto sin que la entidad haya interpuesto recurso contencioso administrativo, no se solicite en el mismo trámite la suspensión cautelar de la resolución impugnada”,  o hasta que “el órgano judicial se pronuncie sobre la suspensión cautelar solicitada, en los términos previstos en ella”.

 

De la misma manera que se suspende cautelarmente la sanción a Camacho al considerarse esta medida contemplada en el  art. 90.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, “cumpliendo la entidad interesada el requisito de manifestar su intención de interponer recurso contencioso-administrativo, y entendiendo que dicha suspensión no causará perjuicios a los intereses públicos”, también se resuelve en el decreto  “desestimar, en su totalidad, el recurso de reposición interpuesto por Ángel Camacho Alimentación S.L” y  “confirmar los hechos declarados probados en el Decreto de Alcaldía” de mayo. 

Continuar leyendo
Publicidad